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Copiapó, en el marco del denominado caso "Caravana de la muerte".
La Corte Suprema dictó sentencia en contra de seis miembros del Ejército en retiro como responsables de 13 delitos de homicidio calificado y tres secuestros calificados, ilícitos perpetrados el 17 de octubre de 1973, en Copiapó, en el marco del denominado caso «Caravana de la muerte».
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal rechazó los recursos de casación elevados en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a penas de 15 años y un día de presidio a los ex miembros del Ejército Sergio Arredondo González y Pedro Espinoza Bravo, en calidad de autores de los delitos.
En la causa, el máximo tribunal condenó, además, al funcionario en retiro del Ejército Patricio Díaz Araneda a la pena de 11 años de presidio, en calidad de autor de los delitos reiterados de homicidio calificado de las 13 víctimas. En tanto, los miembros del Ejército en retiro Ricardo Yáñez Mora, Waldo Ojeda Torrent y Marcelo Marambio Molina deberán cumplir penas de 10 años y un día de presidio, por su responsabilidad en los mismos delitos.
Por otra parte, los ex oficiales Edwin Herbstaedt Gálvez y Fernando Castillo Cruz fueron absueltos de los cargos de secuestro calificado.
Un hecho que la agrupación de familiares y amigos de ejecutados políticos y detenidos desaparecidos de la región de Atacama, destacaron
En el aspecto civil, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile y los demandados a pagar la suma total de $6.400.000.000 a familiares de las víctimas.
En la etapa de investigación, la ministra en visita Patricia González logró establecer que el día 16 de octubre de 1973, llegaron a Copiapó en un helicóptero Puma, un grupo de personas, pertenecientes al Ejército de Chile, comandadas por un general de la misma institucion, quien portaba un documento en el que constaba que tenía atribuciones delegadas por el Comandante en Jefe del Ejército de entonces, para luego proceder a sustraer, en horas de la noche, a cuatro personas que se encontraban detenidas en el Regimiento Atacama de Copiapó, las hicieron subir a un camión del Ejército, y con ellas se dirigieron a la cárcel pública de Copiapó, lugar desde donde sustrajeron a otras nueve personas que se encontraban privadas de libertad en dicho recinto por orden de la autoridad jurisdiccional militar.
Luego, el grupo de militares pertenecientes al Regimiento de la ciudad, transportó a los trece detenidos al sector de la Cuesta Cardone, los obligaron a descender del camión y procedieron a disparar contra ellos.
Las identidades de los falledicos correspondían a Alfonso Gamboa, Atilio Ugarte, Fernando Carvajal, Agapito Carvajal, Winston Cabello, Manuel Cortázar, Raúl Guardia, Raúl Larravide, Edwin Mancilla, Adolfo Palleras, Héctor Vincenti, Pedro Pérez y Jaime Sierra