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Regional

Director del hospital de Copiapó enviará caso del Doctor Pezo a Contraloría para regularizar cambio de funciones

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lunes, 20 julio 2020 - 1:02 pm

Haciendo frente a diversas publicaciones sobre el cambio de funciones del doctor Carlo Pezo, presidente del colegio médico de Atacama, y quien se desempeñaba hasta hace algunos días como subdirector del centro de diagnóstico terapéutico del hospital regional San José del Carmen de Copiapó, el director del principal recinto de salud de la red asistencia de Atacama se refirió al tema, y a través de una declaración pública, detallaron en ocho puntos la situación del facultativo.

En el comunicado, el doctor Mario Sotomayor director del hospital copiapino sostiene que el preseidente del colegio médico de Atacama no ha sido destituído del recinto, sino que «solo se dio término a una función específica, él retorna a su jornada asistencial laboral completa de origen. Medico dermatólogo con jornada completa». Agregando que  «el cargo de subdirector del CDT que ejercía, es un cargo designado, sin concurso público, por ende una asignación de funciones transitoria, no permanente y  dependiente del director del hospital, quien resuelve los ajustes necesarios en sus equipos para dar el mejor servicio posible a nuestros pacientes, objetivo primordial y esencial de nuestro quehacer».

Además el doctor Sotomayor indica que el doctor Pezo dejó de contar con la confianza de la dirección, «dada sus conductas reiteradas en contra de la salud pública, en particular denostando y agraviando a nuestro querido hospital regional, mencionando por ejemplo, que no contaba con camas disponibles para hospitalización, sugiriendo que el pasado lunes podríamos haber tenido colapsada la red asistencial, comentario desproporcionado y falto de realidad, generando alarma pública innecesaria y dañando la confianza de nuestros pacientes y población en general». Agrega que no es la primera vez que emite este tipo de dichos. «Ya ha emitido otros  comentarios similares durante meses pasados, algunos que nos han colocado en el centro de la noticia regional y nacional, declaraciones especulativas, sin asidero alguno, nadie olvida que el médico en cuestión durante el mes marzo,  hizo referencia a los 7 millones de contagios por coronavirus que tendríamos en el país hacia fines de abril. Presentó un recurso de protección contra la autoridad sanitaria, que fueron fruto de sendos rechazos en la justicia, etc. Su afán de protagonismo político lo ha traicionado y pone en tela de juicio a su hospital y funcionarios, lo que es inaceptable. La probidad administrativa es un elemento sustantivo en todo funcionario público, más allá de nuestra profesión o cargos».

Diálogo cortado

En la declaración pública, el director del hospital de Copiapó indicó que «como su superior jerárquico, conversé con él para que me explicara respecto a tal declaración de falta de camas, cuestión totalmente falsa, le hice ver que como miembro directivo debía estar al tanto de las numerosas estrategias que hemos implementado, (…) sin embargo, lejos de entregarme las explicaciones solicitadas en forma personal, utilizando su cargo como presidente del consejo regional Atacama del Colmed, me amenazó con utilizar el peso del gremio y presentar una denuncia por hostigamiento y acoso», agregó Sotomayor.

Por otra parte, durante el proceso de notificar las nuevas funciones para el doctor Pezo, el director del hospital regional indicó que «nos dimos cuenta que el dr. Pezo no ha destinado su tiempo completo a la atención directa de pacientes, como dice su contrato post formación de especialidad. Él debe cumplir seis años de PAO (programa asistencial obligatorio), como lo estipula la ley 19.664 en los artículos 11 y 12 y el decreto 507 del Ministerio de Salud, por lo tanto, el nunca debió desempeñar labores directivas (2015 a la fecha), él debió prestar sus servicios como dermatólogo durante seis años con horario completo, es decir, 44 horas semanales de 08 a 17 horas. Ahora bien, el tiempo dedicado a labores administrativas no es computable como tiempo efectivo de devolución del mencionado programa. Esto está respaldado por numerosos dictámenes de contraloría, por tanto y para que el doctor no sea sancionado por dicha situación, hemos elevado las explicaciones del caso al Servicio de Salud y restituido al médico a sus funciones para el cumplimiento de sus obligaciones contraídas. Además, y en consecuencia, ya instruí a nuestro equipo jurídico para que realice una presentación ante Contraloría para que se regularice esta situación».

Sumado a aquello, desde el recinto hospitalario informaron al dirigente del Colmed regional que su cargo gremial no cuenta con fuero, y por tanto el tiempo dedicado a su labor como representante del Colegio Médico debe ser fuera del horario funcionario, recalcando aquello «para que no se nos diga que es hostigamiento o persecución, pues tenemos el mayor respeto y consideración por el gremio y la función gremial que se ejerce por el bien de la profesión y los pacientes», indicó el director del hospital de Copiapó. «Además, en virtud de la transparencia, quisiera pedir públicamente al Dr. Pezo, que aclare el horario de inicio de su actividad privada y la eventual incompatibilidad horaria con sus labores como funcionario público», finalizó.

Enterado sobre la situación, el doctor Carlo Pezo indicó que no puede entregar mayores detalles respecto a las declaraciones del director del hospital de Copiapó, ya que existe una investigación al respecto. A lo que sí se refirió fue al trabajo que ha desarrollado en el ámbito público sosteniendo que «puedo asegurar que llevo seis años cumpliendo mis compromisos contraídos tanto en la red asistencial de Copiapó como en Huasco».

Respecto a las denuncias realizadas, Pezo agregó que «es innegable que todo funcionario que realiza una denuncia debe tener cierta protección, y así lo establece el estatuto administrativo, y entendemos que la autoridad está en conocimiento». Para finalizar el timonel regional del gremio médico agregó que «los cargos de confianza los determina la legislatura, y claramente una encomendación de funciones no esta adscrito a dicha normativa».