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Seremi Carlos Leal y ley de protección al empleo: “Esta normativa es un apoyo para cerca de 4,5 millones de trabajadores de Chile”

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miércoles, 08 abril 2020 - 2:48 pm

El Diario Oficial publicó la Ley de Protección al Empleo, que faculta el acceso a prestaciones del seguro de cesantía bajo circunstancias excepcionales para proteger y dar seguridad a los ingresos laborales de las familias ante la pandemia global del coronavirus.

Con esta ley, las empresas que se encuentren ante un mandato sanitario que determine la paralización total o parcial de las actividades laborales o por mutuo acuerdo entre empleador y trabajador se podrá suspender temporalmente el trabajo en la empresa, pero manteniendo el empleo, el contrato y todos los derechos laborales, como el pago de las cotizaciones por parte del empleador.

El Secretario Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social, Carlos Leal Varas explicó que “esta es una ley que busca proteger los puestos laborales y asegurar los ingresos de los trabajadores en este periodo de tiempo tan complejo para todos en nuestro país. Pero, no solo eso, también busca respetar el esfuerzo de los trabajadores por lo que, no se desconocerán sus vacaciones, ni su antigüedad en la empresa.”

La autoridad continuó explicando que “son cerca de 4 millones 500 mil trabajadores a lo largo del país los que se benefician con esta normativa que permite a trabajadores y empleadores suspender su relación laboral evitando que se ponga termino a los contratos, es decir, que no sean despedidos los trabajadores. pero que pueden optar por cobrar su seguro de cesantía al igual que lo harían si estuvieran desvinculados de la empresa, pero sin perder la fuente del trabajo.”

El Seremi recalcó que esta iniciativa no solo viene a dar respuesta a la incertidumbre que viven los trabajadores producto de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus, sino que es una ayuda para las pymes pues “viene a alivianarles la carga, ya que no deberán pagar sueldos solo las cotizaciones por este periodo, lo que es una gran alternativa.” Afirmó el secretario regional ministerial.

Cabe destacar que, quienes pueden acogerse a esta ley son los trabajadores que cuenten con un contrato de trabajo, estén afiliados al seguro de cesantía y con sus cotizaciones al día.

En esta línea, la ley permite la reducción de la jornada laboral en hasta un 50%, compensando parte de la disminución de la remuneración de los trabajadores con recursos del seguro de cesantía; la suspensión de las relaciones laborales a las trabajadoras de casa particular, accediendo al beneficio de la indemnización a todo evento y prohibirá durante seis meses, o bien, existiendo el Estado de Catástrofe, las desvinculaciones por fuerza mayor que invoquen como motivo de la pandemia del Covid-19.

En el caso de los trabajadores que hayan sufrido desvinculaciones de sus empresas antes de la promulgación de la ley, también pueden verse beneficiados con esta normativa siempre y cuando no hayan firmado su finiquito y así lo explica el Seremi Leal “. Hay que destacar que, la normativa tiene un efecto retroactivo, para los trabajadores que desde la dictación del estado de emergencia hayan sido desvinculados podrán, con acuerdo del empleador, rescindir el despido y acogerse a esta normativa.”

Para aclarar y responder todas las dudas que los trabajadores y empleadores tienen respecto a la Ley, el Ministerio del Trabajo ha habilitado una página web de fácil uso http://www.protecciondelempleo.cl/

Cobro y uso del Seguro de Cesantía

Para las personas que en mutuo acuerdo con su empleador acordaron acogerse a la ley de Protección del Empleo, quien debe efectuar el trámite en la AFC es el propio empleador y este proceso podrá comenzar a realizarse este 8 de abril. En este caso, y de manera excepcional, los trabajadores no participan en la tramitación.

Distinto es para aquellos que se encuentran cesantes, pues son los trabajadores quienes deben efectuar su tramitación, aquí el llamado que hacen desde la AFC y desde el Ministerio del Trabajo es a efectuar este trámite de manera online, no es necesario que asistan a las sucursales de Administradora de Fondos de Cesantía de Chile.

El trámite en línea se efectúa con su cédula de identidad vigente, su finiquito y la clave única. Esta última, también se puede solicitar de manera online a través de la misma página de tramitación del seguro de cesantía www.afc.cl y sólo necesita su cédula de identidad y un correo electrónico para solicitarla.

Rol de la Dirección del Trabajo

En el caso de reducción de jornada deben acudir a la dirección del Trabajo y efectuar el formulario correspondiente. En este caso, es el empleador quien debe realizar el trámite, lo que hay que tener en cuenta es que al reducir la jornada se recibirán sueldos mas bajos de los que se acostumbran.

Todas estas medidas, incluyendo la ley de protección al empleo, forman parte del plan del Gobierno para la protección del empleo y el impulso de la economía, que significa una inyección inédita de recursos por un total de US$ 11.750 millones