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Regional

Autoridades hacen llamado a conocer la Ley de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento

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martes, 12 marzo 2019 - 12:57 pm

El Seremi de Economía, Fomento y Turismo, Manuel Nanjari contreras, junto al Superintendente de Insolvencia y Reemprendimiento, Hugo Sánchez, hacen un llamado a las Personas y Empresas Deudoras de la región de Atacama a informarse acerca de la Ley de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas, N.° 20.720.

La Ley, que entró en vigencia el 09 de octubre de 2014, regula cuatro alternativas para quienes se encuentran en una situación de insolvencia y sobreendeudamiento. Dos para personas (Renegociación y Liquidación de Bienes) y dos para empresas (Reorganización y Liquidación).

“Es una herramienta real para todos aquellos ciudadanos y empresas que alguna vez enfrenten la experiencia de vivir un problema financiero, ofreciéndoles un sistema justo y eficiente para poder sobrellevarlo con éxito, por eso desde el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera disponemos de esta Superintendencia para que sea un apoyo real ante situaciones de insolvencia o sobreendeudamiento que afectan a los habitantes de Atacama y de nuestro país”, explicó el Seremi Manuel Nanjari Contreras.

Dentro de las alternativas para personas, la Renegociación, es un procedimiento administrativo y gratuito, facilitado por la Superintendencia y que tiene por finalidad repactar- con nuevas condiciones- todas las deudas, mientras que la Liquidación de Bienes, es judicial y busca la venta rápida y eficiente de los bienes de la Persona, con el objeto de pagar a sus acreedores.

Referente a la Renegociación, el Superintendente de Insolvencia indicó que “a partir de 2014 las personas frente a una situación de sobreendeudamiento y cumpliendo con los requisitos establecidos en la ley, tienen la posibilidad de acercarse a la Superintendencia y renegociar sus deudas. Nosotros actuamos como facilitadores y acompañamos al deudor en cada etapa, para que pueda llegar a acuerdo con sus acreedores, ajustado a su real capacidad de pago, a través de asesoría legal y contable”.

Los requisitos para acceder a este procedimiento son tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días, que superen las 80 UF (2.2 millones aprox.). No haber sido notificado de una demanda, ni haber emitido boletas de honorarios en los últimos 24 meses. Pudiendo acceder a este las personas naturales mayores de 18 años; con o sin contrato de trabajo. Trabajadores dependientes, dueñas de casa, estudiantes, jubilados, entre otros.

Para el caso de las empresas, la ley establece dos procedimientos judiciales. En caso que la compañía sea viable, puede reorganizarse y proponer a sus acreedores un acuerdo para el pago de sus deudas, permitiéndole seguir funcionando. Y si no es viable económicamente, liquidarla y realizar la venta eficiente de sus bienes con objeto de cumplir con sus acreedores y trabajadores. 

Estadísticas 

Datos suministrados por la Superintendencia dan cuenta que, entre octubre de 2014 y febrero de 2019, se han iniciado más de 16 mil procedimientos a nivel país. En total se registran 4.527 Renegociaciones de Personas Deudores y 11.585 procedimientos judiciales. Estos últimos corresponden a 7.781 a Liquidaciones de Bienes de Personas Deudoras, 189 Reorganizaciones de Empresas Deudoras y 3.615 a Liquidaciones de Empresas. Mientras que en la Región de Atacama se han efectuado 334 procedimientos, que se dividen en 229 Renegociaciones, 66 Liquidaciones de Bienes de Personas, 3 Reorganizaciones y 36 Liquidaciones de Activos de Empresas.