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Subsecretario Fernando Arab informa sobre denuncias por propinas: “Es relevante que la normativa se cumpla y que los empleadores no realicen descuentos”

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martes, 05 febrero 2019 - 4:32 pm

En medio de la temporada de mayor actividad del turismo en el país, el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, hizo un llamado a los empleadores a pagar las propinas en tiempo y forma a los trabajadores de bares, pubs, restaurantes o de similares características, tras informar sobre las denuncias realizadas por los trabajadores ante la Dirección del Trabajo.

“La propina es muy importante para los trabajadores que laboran en bares, restaurantes y pubs, por lo mismo es relevante que la normativa actual se cumpla y que los empleadores no realicen descuentos que no correspondan ni retrasen su pago”, señaló al subsecretario Fernando Arab.

Durante los dos últimos años, las denuncias suman 843 (466 y 377 en el 2017 y 2018, respectivamente). Entre las más frecuentes están: No dar cumplimiento a disposiciones legales referidas a propinas (471), No entregar íntegramente las propinas entregadas por clientes (164), Distribuir las propinas entregadas por cliente (73) y No liquidar y enterar  las propinas entregadas por clientes mediante tarjetas de créditos (46).

La autoridad explicó que si bien el 10% de la propina es sugerida para el consumidor, como se legisló durante el Gobierno anterior del Presidente Sebastián Piñera, cuando se paga con tarjetas de crédito, de débito, cheques u otros títulos de crédito, el empleador está obligado a pagar esa gratificación al trabajador en un plazo máximo de 7 días.

Según establece la normativa los trabajadores tendrán derecho a percibir todas aquellas sumas que por concepto de propinas entreguen los clientes de dichos establecimientos, sea en dinero en efectivo o a través del pago con tarjetas bancarias al trabajador, además de otros medios de pagos aceptados por el empleador, tales como cheque.  El empleador no podrá disponer de ellas, deberá entregarlas íntegramente a los trabajadores y no podrá efectuar descuentos de ninguna naturaleza sobre las mismas. Tampoco podrá distribuir las propinas, facultad que sólo recae en los trabajadores que las reciben del cliente, las que se entenderán de su propiedad.

Tratándose de pagos con tarjetas de crédito u otros títulos de crédito, el empleador deberá liquidar y enterar dichas sumas en la fecha en que acuerde con sus trabajadores, plazo que no podrá exceder de siete días hábiles desde que se recibieron del cliente. En estos casos, el empleador deberá entregar al trabajador copia del vale o comprobante en que conste la cantidad total pagada y el valor del servicio o producto adquirido. Tratándose de eventos especiales organizados por el empleador y que sean pagados con posterioridad a su celebración, este plazo se extenderá hasta la fecha de pago de la respectiva factura, cuando la propina esté incorporada a ella.

“La Región Metropolitana acumula casi el 40% de las denuncias, por lo que nos interesa que se cumpla con la norma para todos, ya que los trabajadores disponen de ese dinero para los gastos que se le avecinan en marzo y otros casos son empleos de temporada, de jóvenes que deben pagar estudios u otras cosas que son importantes”, señaló la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Paola Vidal.

Cabe recordar que todas las multas por infracciones sobre propinas son de 9 ($434.745), 30 ($1.449.150) y 40 ($1.932.200) UTM, dependiendo de si la empresa tiene entre 1 a 49, 50 a 199 y 200 o más trabajadores.