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Para Entender: Cómo serán las fiscalizaciones “a domicilio” de las normas sanitarias en Fiestas Patrias

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martes, 15 septiembre 2020 - 9:11 pm

Con el feriado a la vuelta de la esquina y en medio de la pandemia de Covid-19, el foco se ha puesto en cómo se aplicarán y fiscalizarán las restricciones de la estrategia del gobierno, la cual no ha estado exenta de cuestionamientos.

Luego de que el plan fuera presentado por el Ejecutivo -y explicado en diversas ocasiones por los ministros-, autoridades regionales y sanitarias criticaron, por ejemplo, que se permitiera que residentes de comunas en cuarentena pudieran acceder a permisos especiales para reunirse con cercanos. En respuesta, el gobierno tuvo que retroceder en esta materia, definiendo que las restricciones se mantendrán en estos casos, e introdujo modificaciones.

Con ello se definió, entre otros temas, que aquellas personas que vivan en comunas en Fase 2 (de Transición) podrán solicitar un permiso especial que pueden ocupar en uno de los tres días festivos: el 18, el 19 o el 20. Éste durará 6 horas y no permitirá el traslado a una comuna en confinamiento.

En los municipios que estén en los pasos 3, 4 y 5, habrán restricciones en cuanto al aforo permitido. En espacios públicos abiertos -plazas, parques- el total de personas que puede reunirse es de 10 individuos.

Por otro lado, en espacios privados -residencias particulares, patios, salas comunes en edificios- las familias podrán recibir hasta cinco integrantes adicionales a las que viven en el hogar.

Pero, ¿cómo se controlará el cumplimiento del límite de personas en lugares privados? Además de anunciar un aumento de fiscalizadores para estos días, la autoridad sanitaria informó que personal de la Seremi de Salud y Carabineros podrían ingresar a los domicilios si existe una denuncia de incumplimiento de estas normas.

Al respecto, el ministro del Interior, Víctor Pérez, reforzó este martes que la ley sanitaria entrega estas atribuciones a las distintas Seremías. «En los temas de pandemia, la autoridad de salud no tiene restricciones”, añadió.

Más tarde, fue la propia seremi de Salud de la Región Metropolitana, Paula Labra, quien abordó el tema y aseguró que “considerando que estamos en Estado de Catástrofe, tenemos toda la potestad para ingresar (a los domicilios) junto con policías. No es necesaria una orden judicial”.

Ahora, ¿cuáles son las atribuciones de los fiscalizadores y qué sanciones se arriesgan en caso de no cumplir con las restricciones o de negarse a la fiscalización? Revisa a continuación:

¿Quiénes fiscalizarán?

Los funcionarios de la Seremi de Salud son los encargados de supervisar que se cumplan las normas sanitarias decretadas en el marco de la pandemia.

¿Pueden entrar a los domicilios?

Según el Art. 155 del Código Sanitario, el personal de la Seremi está autorizado para “inspeccionar y registrar cualquier sitio, edificio, casa, local y lugares de trabajo, sean públicos o privados”.

De hecho -dijo Labra a La Tercera- «desde inicios de la pandemia, hemos inspeccionado más de 65 mil viviendas para monitorear que las personas Covid-19 positivo y contactos estrechos se encuentren desarrollando la cuarentena obligatoria en sus hogares”.

Para estas Fiestas Patrias, en tanto, el personal de la Seremi de Salud solo se presentará en viviendas en donde exista una “sospecha fundada o denuncia de incumplimiento” -como fiestas clandestinas, presencia de personas Covid positivo que incumplan su cuarentena, entre otras- y este control se llevará a cabo junto a Carabineros y PDI.

¿Cómo es la fiscalización?

Al iniciar todos sus procedimientos, los funcionarios deben identificarse mostrando su credencial. Además, llevarán una chaqueta institucional con logo y, para este 18 de septiembre, no se presentarán si no es acompañados de personal policial.

Cuando finalice la fiscalización, agregó la seremi de Salud, los funcionarios “siempre dejarán un acta con número foliado y una copia en calco a la persona fiscalizada, quien además debe firmar siempre el documento”.

¿Cuáles son las sanciones?

Si se incumple con el aforo -tanto para espacios públicos como privados- Labra indicó que se puede cursar un sumario sanitario y una multa que puede llegar hasta las 1.000 UTM o cerca de $ 50 millones.

En el caso de que se trate, por ejemplo, de una fiesta clandestina o un evento masivo, se le podrá imputar al organizador el delito contemplado en el artículo 318 bis del Código Penal. Éste sanciona a quien en tiempo de pandemia genere a sabiendas riesgo de propagación del virus. Si se sorprende en ese momento a quien organizó el evento, se le podría llevar detenido.

¿Puedo negarme a la fiscalización en el domicilio?

En una situación normal, si alguien se niega a ser fiscalizado, la Seremi puede emitir una orden de allanamiento y solicitar apoyo de Carabineros.

Sin embargo, en el contexto actual esta orden no es necesaria. Y si hay sospechas o denuncias del incumplimiento de las restricciones sanitarias, el personal puede ingresar a la vivienda.

fuente: latercera.com